La ciudadanía tiene el deber cívico y moral de analizar detenidamente los planes de gobierno tanto de los presidenciables como de los postulantes a la Asamblea Nacional. En un contexto político y económico frágil, marcado por la inseguridad, la crisis fiscal y la incertidumbre institucional, es imperativo evaluar cuáles son las estrategias propuestas por cada candidato para abordar estos problemas estructurales. Es frecuente que los procesos electorales se vean contaminados por discursos populistas, promesas irrealizables y una falta de concreción en las promesas, lo que obliga al electorado -insisto- a ejercer un escrutinio minucioso antes de acudir a las urnas.
En este contexto preelectoral, la decisión de la Corte Constitucional del lunes 3 de febrero sobre la inconstitucionalidad de los decretos ejecutivos 500 y 505 ha generado un importante debate jurídico y político. El presidente, amparándose en la figura de la «fuerza mayor», delegó en cuatro ocasiones la Presidencia de la República a Cynthia Gellibert, secretaria de la Administración Pública, con el fin de enfocarse en su campaña electoral. No obstante, la Corte ha determinado que esa acción contradijo el artículo 146 de la Constitución el cual establece que ante una ausencia temporal o definitiva del presidente, el cargo debe ser asumido por el vicepresidente (a).
Juristas como José Chalco han criticado la tardanza de la Corte, argumentando que su rol como árbitro constitucional se ha visto debilitado al no intervenir con celeridad en una clara vulneración del orden jurídico. Si bien la sentencia no contempla sanciones, establece sin embargo un precedente que impide la reiteración de esta práctica en futuras elecciones. Además, deja claro que la figura de «fuerza mayor» no puede ser utilizada como una excusa para apartarse de las funciones presidenciales, a menos que se den circunstancias extraordinarias que imposibiliten de manera objetiva el ejercicio del cargo. Esta decisión también subraya el papel del vicepresidente (a) como la única persona facultada constitucionalmente para asumir la Presidencia en caso de ausencia temporal o definitiva del mandatario.
A pocos días de las elecciones, el panorama político ecuatoriano exige una reflexión profunda sobre el rol del electorado en la construcción del futuro del país. El caso de los decretos inconstitucionales (lo dice la Corte) demuestra cómo las interpretaciones erróneas o forzadas pueden afectar el equilibrio institucional y la transparencia del proceso electoral. Este episodio debe servir como una advertencia sobre la importancia de respetar el marco jurídico y actuar con responsabilidad.
El voto es un derecho, pero también una obligación que debe ejercerse con criterio y conocimiento. En estos últimos días de campaña, es esencial que nos informemos sobre las propuestas y trayectorias de los candidatos, evaluando su viabilidad y compromiso con el bienestar nacional. El futuro del país depende de la capacidad del electorado para discernir entre discursos populistas y proyectos políticos sólidos.
No debemos permitir que el desinterés o la desinformación nos lleven a elegir mal. Un voto equivocado tiene consecuencias que repercuten en todos los sectores de la sociedad, desde la economía hasta la seguridad y la institucionalidad democrática. Por ello, debemos asumir con seriedad nuestro rol en este proceso y contribuir con un voto responsable al fortalecimiento de la democracia en Ecuador.
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